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LUCHA CONTRA EL FRAUDE

Mediante una Declaración institucional de lucha contra el fraude la UPCT reafirmó su política de tolerancia cero ante el fraude y su compromiso firme en la lucha contra el fraude, la corrupción y los conflictos de intereses. Para reforzar este compromiso, el Consejo de Gobierno aprobó en sesión ordinaria de 27 de julio de 2022, un Plan de medidas antifraude en el que se diseña un sistema para prevenir, detectar, corregir y perseguir los actos fraudulentos o cualquier práctica que se aleje de un comportamiento ético en el uso de los fondos públicos, así como para corregir su impacto, en caso de producirse, cumpliendo así con lo dispuesto en la normativa comunitaria y estatal aplicable, como beneficiaria de fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Posteriormente, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, el Consejo de Gobierno, en su sesión de 27 de julio de 2023, aprobó el sistema interno de información de la UPCT (SII-UPCT), sistema que constituye igualmente un instrumento en la lucha contra el fraude.

La UPCT pone a disposición de la lucha contra el fraude los siguientes instrumentos:

link to filePlan de medidas antifraude de la UPCT
link to fileProcedimiento para el tratamiento de los posibles conflictos de intereses
link to fileCódigo ético
link to fileNormas de conducta aplicables a los cargos y empleados de la universidad
link to fileSistema Interno de Información de la UPCT

 

Canal (formulario) interno de denuncias antifraude. Se habilita este canal para que cualquier persona pueda notificar hechos, circunstancias o comportamientos que puedan revelar la existencia de un conflicto de intereses o ser constitutivos de fraude o corrupción, facilitando la información y aportando documentación si dispone de ella.

El canal permite la presentación de denuncias anónimas, si bien la persona informante puede, si así lo desea, identificarse y/o podrá indicar un domicilio o correo electrónico a efectos de recibir las comunicaciones relativas a la información suministrada. Esta indicación será necesaria para recibir comunicación, en su caso, del resultado de la tramitación de esa información.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, el canal se integra en el SII-UPCT, en los términos establecidos en el mismo, cuyos caracteres esenciales pueden consultarse aquí.

Otros instrumentos externos

  • Además de lo expuesto, se pone en general conocimiento que existe un canal de denuncias habilitado por el Servicio Nacional de Coordinación Antifraude, en el que cualquier persona puede comunicar hechos que puedan ser constitutivos de fraude o irregularidad en relación con proyectos u operaciones financiados con cargo a fondos procedentes de la Unión Europea, al que se puede acceder en: https://www.igae.pap.hacienda.gob.es/sitios/igae/es-ES/snca/Paginas/ComunicacionSNCA.aspx
  • Asimismo, también podrán ser comunicados a la Oficina Europea de Lucha Contra el Fraude (OLAF) cuando afecten a los intereses financieros de la Unión Europea: https://anti-fraud.ec.europa.eu/index_es