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RESOLUCIÓN R-578/04 DE 18 DE JUNIO DE 2004, DEL RECTORADO DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA, POR LA QUE SE CONVOCA CONCURSO DE UNA BECA, A DEDICACIÓN COMPLETA, EN LA OFICINA DE TRANSFERENCIA DE RESULTADOS DE INVESTIGACIÓN. (Fecha: 30 de Junio de 2004)


En el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y por la Ley 5/1998, de 3 de agosto, de Creación de la Universidad Politécnica de Cartagena, este Rectorado, RESUELVE:

Convocar concurso público de una beca, a dedicación completa, con cargo al Proyecto se cita, que se regirá por las siguientes BASES:

  1. Objeto de la convocatoria:
    La convocatoria tiene como finalidad, la formación de personal a través de la colaboración del proyecto de Ref. OTR2003-0084-A, línea 2 y 3: Dinamización y presencia activa de la UPCT en el entorno socioeconómico, con la contribución, por parte del becario/a, al proceso de estímulo de la I+D+I en cooperación empresarial y promoción de las capacidades de los Grupos I+D de la UPCT.

  2. Imputación, cuantía y duración de la beca:
    La financiación de la beca correrá a cargo de la partida presupuestaria 30.05.21.1452. El periodo de duración de la beca será de doce meses, a partir de su concesión y aceptación por parte del becario, pudiendo prorrogarse en función de la existencia de crédito adecuado y suficiente como máximo hasta fin de proyecto. El importe de la beca será de 1.005 € brutos por cada mes completo de disfrute de la misma.

  3. Requisitos y condiciones generales de los solicitantes:
    Los aspirantes deben reunir los siguientes requisitos y condiciones en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes

    1. Ser español o nacional de alguno de los estados miembros de la Unión Europea y residente en España, debiendo acreditar, en este supuesto, el adecuado conocimiento del castellano

    2. Estar en posesión del título universitario de grado superior o equivalente, preferentemente en enseñanzas técnicas o experimentales

  4. Incompatibilidad:
    El disfrute de esta beca será incompatible con la realización de trabajo remunerado o funcionarial y con cualquier otra beca convocada por este Rectorado u otra entidad pública o privada.

  5. Solicitudes:
    Los aspirantes deberán presentar sus solicitudes, dirigidas al Excmo. Sr. Rector Presidente de la UPCT, en el Registro General, Plaza Cronista Isidoro Valverde (Edificio La Milagrosa) o por cualquiera de las fórmulas previstas en la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones y del Procedimiento Administrativo Común modificada por Ley 4/1999 de 13 de enero. El plazo de presentación de las mismas será de diez días naturales, contados desde el día siguiente al de la fecha de publicación de la presente convocatoria.


  6. Las peticiones deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
    1. Impreso de solicitud debidamente cumplimentado

    2. Título académico y Expediente académico o fotocopias cotejadas de los mismos. En caso de ser titulado por la Universidad Politécnica de Cartagena bastará una copia simple.

    3. Curriculum académico y documentos acreditativos de los méritos alegados, mediante fotocopia de los mismos.

    4. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o equivalente en el caso de aspirantes extranjeros, y del certificado de residencia, en su caso, presentando original para su cotejo.

  7. Comisión de valoración:
    La Comisión que ha de valorar los méritos de los solicitantes estará integrada por los siguientes miembros:

    1. Presidente: Vicepresidente de Investigación e Innovación.

    2. Vocales: Coordinador de Innovación tecnológica y Coordinador de Investigación.

    3. Secretario: Directora OTRI.

  8. Valoración de los méritos:
    Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se procederá por la Comisión a la valoración de los méritos sobre la base a la documentación aportada, no considerándose los méritos no documentados debidamente.
    La valoración se realizará atendiendo a los siguientes conocimientos, pudiéndose acordar, si así se estima conveniente, la realización de una entrevista personal con todos o algunos de los aspirantes. Por la Comisión se valorará:

    • Formación y/o experiencia en la elaboración de planes de marketing, evaluación de mercados y comercialización de tecnología y resultados de investigación, en general

    • Organización de eventos y estrategias de comunicación

    • Buen nivel de ingles hablado y escrito.

    • Formación y/ experiencia complementaria en el área de gestión de la innovación y transferencia de tecnología

    • Informática: nivel alto como usuario en ofimática (bases de datos, hojas de cálculo, procesador de texto, etc.) e Internet.

    • Otros méritos: capacidad de trabajo, iniciativa, trabajo en equipo, capacidad de relación y cualquier otro mérito relacionado con las tareas a desempeñar.

  9. Propuesta de resolución:
    Finalizada la fase de valoración, la Comisión formulará propuesta de Resolución al Rector de la Universidad, en favor de los aspirantes que obtengan mayor puntuación pudiendo, en su caso, declarar desierta la beca si ninguno de los solicitantes reuniese los requisitos o cualidades mínimas de aptitud que se consideren necesarias.
    La propuesta de Resolución se publicará en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad, durante un plazo de 5 días naturales. Durante ese tiempo los interesados podrán presentar las alegaciones que estimen convenientes, las cuales, en unión de la propuesta de resolución elaborada por la Comisión, el informe de la misma, y el resto del expediente será elevado al Rector para la resolución definitiva.

  10. Resolución:
    Corresponde al Rector, a propuesta de la Comisión de Valoración, dictar la Resolución procedente adjudicando la beca.
    La citada resolución pone fin a la vía administrativa.

  11. Ausencia del vínculo contractual:
    Dado el carácter formativo de la beca, la concesión y disfrute de ella no establece, en ningún caso, relación contractual o estatutaria con la UPCT, ni implica por parte de la misma ningún compromiso en cuanto a la posterior incorporación de los becarios a su plantilla, no otorgando, por tanto, derecho a la inclusión de los becarios en la Seguridad Social. No obstante, la concesión de la beca implicará la inclusión en un seguro de asistencia sanitaria, a suscribir adicionalmente a la dotación de la beca y con cargo a la actividad que la sustenta.

  12. Obligaciones de los beneficiarios:
    Incorporarse al Centro de aplicación de la beca en la fecha señalada, entendiéndose la no incorporación como renuncia a la beca.
    Realizar su labor de formación en el Centro de aplicación de la beca de acuerdo con el plan originalmente aprobado, cumpliendo con aprovechamiento las distintas etapas del proyecto.

  13. Posibilidad de revisión:
    La adjudicación y disfrute de esta beca podrá ser revisada por el Rectorado de la UPCT mediante expediente contradictorio, a propuesta del Vicerrectorado de Investigación e Innovación, previo informe de la Comisión de Valoración, cuya resolución podrá dar lugar a la pérdida del derecho a la misma, con reintegro de las cantidades en los supuestos en que se hubiere incurrido en ocultación, falseamiento de datos o incumplimiento de las actividades u obligaciones del becario previstas en la convocatoria.

  14. Recurso:
    Contra la Resolución de adjudicación, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición potestativo ante el mismo órgano que ha dictado la resolución durante el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de dicha Resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 116 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992.
    Si no se hiciere uso de tal recurso podrá interponerse recurso contencioso­administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Murcia, durante el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación de la resolución que ponga fin al proceso selectivo, en la forma establecida en la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.

- Publíquese en el Tablón de Anuncios del Rectorado.
- Comuníquese al Vicepresidente de Investigación e Innovación.


Cartagena, 18 de junio de 2004

EL RECTOR

 

Fdo. Félix Faura Mateu